Carta Pastoral sobre la Vida
Enseñanza del Obispo de San Luis en Argentina
SAN LUIS, Martes 15 junio 2012 (ZENIT.).- carta pastoral firmada por Monseñor Pedro Daniel Martínez, Obispo de San Luis en la Argentina, ante los acontecimientos que vienen ocurriendo en dicho país sudamericano.
He aquí el texto íntegro del mensaje: El hombre: ‘imagen y semejanza de Dios’
Con la presente Carta Pastoral me dirijo a Ustedes, mis queridos fieles de San Luis, y a todos los hombres de buena voluntad con ocasión de los presentes debates suscitados a raíz de posibles promulgaciones de leyes contrarias a la vida del ser humano
Ante la duda y confusión que podrían tener al respecto, es mi deber como Obispo trasmitirles la enseñanza tradicional de la Iglesia acerca de la vida del hombre, como don de Dios. Les escribo esta Carta Pastoral movido por la caridad de Cristo, la caridad de la verdad y la verdad de la caridad. Veritas in caritate, es el lema de mi Escudo episcopal.
La vida es algo sumamente delicado, importante y fundamental, para todos los hombres y especialmente para los cristianos. Pues la Revelación divina afirma que el hombre ‘es creado a imagen y semejanza de Dios’ para un destino de vida plena y perfecta, de allí su dignidad (cfr. Gn 1, 26-28; 9. 5-6). La vida tiene un valor sagrado, incluso cuando se viva en circunstancias difíciles. Importante y fundamental también porque se refiere al primero de los derechos de cada ser humano: a la vida. Finalmente, importante y fundamental para nosotros en San Luis porque esta realidad se encuentra hondamente enraizada en nuestras convicciones y modo de vida.
I. La vida del hombre
1.Dios forma, plasma y conoce a cada hombre desde el seno materno (cfr. Jr 1, 5;Job 10, 8-12; Sal 22, 10-11). Incluso “lo ve mientras es todavía un pequeño embrión informe y que en él entrevé el adulto de mañana, cuyos días están contados y cuya vocación está ya escrita en el «libro de la vida» (cfr. Sal 139 / 138, 1. 13-16)” (Beato Juan Pablo II, Encíclica, Evangelium vitae (25.III.1995), n. 61). La Iglesia afirma que la vida humana es sagrada y permanece siempre en una radical relación con su Creador y Redentor, su fin último. Sólo Dios es Señor de la vida desde su comienzo y es Él mismo quien la volverá a tomar (Cfr. Gn 2, 7; Sab 15, 11). Hemos sido creados para la felicidad y vivir en comunión con Dios eternamente: “Esta es la vida eterna: que te conozcan a ti, el único Dios verdadero, y a tu enviado,Jesucristo” (Jn 17, 3). Hemos sido creados para ‘ver a Dios’!
2. La Iglesia y también la biología humana, al afirmar la vida humana desde su inicio, reconocen que “en el cigoto resultante de la fecundación está ya constituida la identidad biológica” de un nuevo ser humano, irrepetible y por ello “debe ser respetado y tratado como persona [...] y [...] se le deben reconocer los derechos de la persona, principalmente el derecho inviolable a la vida de todo ser humano inocente” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción, Donum vitae(22.II.1987), I, 1).
Es decir, que el ser humano desde sus primeros instantes de vida, no se puede reducir a un simple conjunto de células. Precisamente porque el “cuerpo embrionario se desarrolla progresivamente según un “programa” bien definido y con un fin propio, que se manifiesta con el nacimiento de cada niño” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción, Dignitas personae (8.IX.2008), n. 4). Se trata ya de una vida nueva que es distinta de la vida de la madre y del padre. Es un ser humano que se desarrolla por sí mismo (Cfr. Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración sobre el aborto provocado (18.XI.1974), n. 12).
En esta verdad de carácter metafísico y fundante del ser humano se está afirmando que a través de toda su vida (antes y después del nacimiento) no experimenta “ni un cambio de naturaleza ni una gradación de valor moral [...]. El embrión humano, por lo tanto, tiene desde el principio la dignidad de la persona humana” (Dignitas personae, n. 5). Por ello, el Magisterio de la Iglesia Católica siempre ha intervenido en “defensa del carácter sagrado e inviolable de la vida humana”, en todos los momentos: desde su inicio que precede al nacimiento hasta su término natural. El embrión humano no es un ser humano en potencia sino que ya lo es realmente.
Las consideraciones que a continuación desarrollo en torno de la vida y del aborto expresan las enseñanzas de la Iglesia. Éstas manifiestan también tanto la consonancia con el orden y ley naturales como con las más serias investigaciones científicas. Al respecto, la Iglesia, como sostiene la Congregación para la Doctrina Fe, ha tenido siempre presente “los aspectos científicos correspondientes,aprovechando los estudios llevados a cabo por la Pontificia Academia para la Vida y las aportaciones de un gran número de expertos, para con¬frontarlos con los principios de la antropología cristiana” (Dignitas personae, n. 3).
II. El aborto y la enseñanza de la Iglesia católica
3. El aborto, contrario a la vida del hombre, “es la eliminación deliberada y directa, como quiera que se realice, de un ser humano en la fase inicial de su existencia, que va de la concepción al nacimiento” (Evangelium vitae, n. 58).
Asimismo, el aborto directo, intentado como fin o como medio, es un desorden moral particularmente grave, porque elimina deliberadamente un ser humano inocente. El origen de la violencia contra la vida, lo leemos en los primeros momentos de la creación cuando “Caín se lanzó contra su hermano Abel y lo mató” (Gn 4, 8). La muerte entró en el mundo por la envidia del diablo (cfr. Gn 3, 1. 4-5), que es homicida y mentiroso desde el principio (Jn 8, 44), y por el pecado de Adán y Eva (cfr. Gn 2, 17; 3, 17-19). La propagación del pecado, de la violencia y rebeldía contra Dios, fueron la causa del castigo purificador del diluvio. Sin embargo Dios hizo Alianza con toda la humanidad ‘recreándola’, en los mismos términos del inicio de la historia de la creación, y condenando a quien “vertiere sangre de hombre [...], porque a imagen de Dios hizo El al hombre” (Cfr. Gn 9, 5-10).
La Ley de Dios, relativa a la inviolabilidad de la vida humana y a no quitar la vida del inocente, se manifiesta explícitamente en los diez mandamientos en el monte Sinaí al prohibir el homicidio: “no matarás” (Ex 20, 13) y “no quites la vida del inocente y justo” (Ex 23, 7). Confirmada por el mismo Jesucristo en el Nuevo Testamento (Mt 5, 21-22; 19, 18).
La violencia homicida es contraria al mandamiento nuevo de Jesucristo. Quien nos enseñó a amarnos los unos a los otros como Él nos amó (cfr. Jn 15, 12). Y san Juan nos lo reafirma: “Pues este es el mensaje que habéis oído desde el principio: que nos amemos unos a otros. No como Caín, que siendo del maligno, mató a su hermano” (1 Jn 3, 11-12). “Así, esta muerte del hermano al comienzo de la historia es el triste testimonio de cómo el mal avanza con rapidez impresionante: a la rebelión del hombre contra Dios en el paraíso terrenal se añade la lucha mortal del hombre contra el hombre” (Evangelium vitae, n. 8).
4. Observamos ya en el Antiguo Testamento cómo las parteras de Israel se opusieron a las órdenes injustas del Faraón, quien había ordenado matar a todo varón recién nacido: “si es niño hacedlo morir” (Ex 1, 16). “Pero las parteras temían a Dios, y no hicieron lo que les había mandado el rey de Egipto, sino que dejaban con vida a los niños” (Ex 1, 17). Es decir, porque “temían a Dios” se opusieron a las amenazas contra la vida.
Los primeros cristianos, tuvieron que afrontar las mismas dificultades que nosotros hoy. En efecto, cuando entraron en contacto con el mundo greco-romano, en donde era difundida la práctica del aborto y del infanticidio, se opusieron radicalmente a esa costumbre con su doctrina y costumbres cristianas. Así nos lo trasmite el primer documento después de la Sagrada Escritura: La Doctrina de los Doce Apóstoles [Didaché]. El que haya sido escrito en la segunda mitad del s. I tiene un enorme valor, pues nos muestra la vida interna de la Iglesia naciente. Allí leemos “no matarás al hijo en el seno de su madre, ni quitarás la vida al recién nacido [...]”. Por su parte Atenágoras (s. II), en su Defensa de los cristianos, nos refiere que los cristianos consideraban homicidas a las mujeres que tomaban medicinas para abortar. La Carta a Diogneto (s. II) nos tramite que los cristianos “procrean niños, pero no abandonan fetos”.
Varios Concilios anteriores al año 1000 determinaron que la eliminación del niño por nacer es un gravísimo pecado y el Papa Esteban V (885-891) afirmaba que “es homicida quien hace perecer, por medio del aborto, lo que había sido concebido”. Santo Tomás de Aquino (+1274) (Doctor común de la Iglesia) sostiene que el aborto es contrario a la ley natural y es un pecado grave (cfr. In IV Sent., dist. 31, q. 2, art. 3, expositio textus; cfr. Super 1 Thim., cap. 5, lect., 2). El 24 de julio de 1895 el Santo Oficio decretó la ilicitud del aborto.
Esta doctrina ha sido sostenida y reafirmada también por el Magisterio pontificio más reciente. Las pretendidas justificaciones del aborto fueron rechazadas por Pío XI (1922-1939) (cfr. Encíclica, Casti connubii, 31.XII.1930). En el mismo sentido se pronunció Pío XII (1939-1958) al excluir todo aborto directo, es decir, todo acto que tienda directamente a destruir la vida naciente o vida embrionaria. Tanto “si tal destrucción se entiende como fin o sólo como medio para el fin” (Discurso a la Unión médica italiana, 12.IX.1944). La sacralidad de la vida fue reafirmada por el beato Juan XXIII (1958-1963), pues “desde que aflora ella implica directamente la acción creadora de Dios” (Encíclica, Mater et Magistra, (15.V.1961), cap. III).
El Concilio Vaticano II (1962-1965) condenó ‘con gran severidad’ el aborto, ya que “se ha de proteger la vida con el máximo cuidado desde la concepción; tanto el aborto como el infanticidio son crímenes abominables” (Gaudium et spes, n. 51).
Pablo VI (1963-1978), refiriéndose a esta enseñanza de la Iglesia acerca del aborto, sostuvo en diversas ocasiones que la doctrina moral acerca del aborto “no ha cambiado, ya que es inmutable”. Considerando, por lo demás, a la llamada‘liberación del aborto’ como una “plaga social” (Alocución, Salutiamo con paterna effusione, 9.XII.1972).
El actual Catecismo de la Iglesia Católica claramente manifiesta que “desde el siglo primero, la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto provocado.Esta enseñanza no ha cambiado; permanece invariable. El aborto directo, es decir,querido como un fin o como un medio, es gravemente contrario a la ley moral” (n.2271).
5. Estas afirmaciones de la Iglesia se fundan tanto en la ley impresa en el corazón de cada hombre (cfr. Rom 2, 14-15), en la misma ley natural, en la Palabra de Dios escrita y trasmitida por la Tradición de la Iglesia, como en las enseñanzas de su Magisterio ordinario y universal (Cfr. Evangelium vitae, n. 57). La enseñanza de la Iglesia, al respecto, es inmutable y no ha cambiado.
Por eso, en ninguna circunstancia, nadie tiene el derecho a eliminar de modo directo a un ser humano inocente. Este es el contenido central de la Revelación divina y del Magisterio de la Iglesia católica sobre el ‘carácter sagrado e inviolable de la vida humana’.
III. La normativa canónica de la Iglesia en relación con el aborto
6. La Iglesia Católica, por ello, desde los primeros tiempos ha reafirmado esta doctrina también a través de sanciones disciplinares, manifestando la gravedad del aborto directamente intentado, tanto como fin o como medio (‘crimen abominable’), ya que es contrario a la ley de Dios y al derecho a la vida del ser más indefenso, como lo es el ser humano en el seno de su madre. El aborto es para la Iglesia uno de los pecados más graves. Matar “un ser humano, en el que está presente la imagen de Dios, es un pecado particularmente grave” (Evangelium vitae, n. 55).
La ley de la Iglesia católica actualmente vigente, y vinculante para todos los fieles católicos, sostiene que “incurre en excomunión latae sententiae quien procura el aborto, si éste se produce” (c. 1398). La excomunión afecta a todos los que cometen ese delito siempre que conozcan esta pena y tengan más de 16 años de edad, al momento de realizarlo. Se incluyen también aquellos cómplices sin cuya cooperación el delito no se hubiera producido. El fiel cristiano que incurre en la pena de excomunión, hasta que no se le levante tal pena, se encuentra en una situación que no es compatible para recibir la comunión sacramental.
Esta pena de la excomunión, en su aspecto medicinal, tiende a la conversión y no a la condena de quien ha incurrido en el delito del aborto. Pues tiene como fin hacer consciente al fiel cristiano de la gravedad del pecado cometido y arrepentirse bajo la mirada y el perdón misericordioso de Nuestro Señor Jesucristo quien padeció, murió y resucitó por nosotros.
El amor de Dios inclina el corazón del fiel para que se convierta de su mala conducta y viva (cfr. Ez 18, 23; 33, 11) y, acordándose de la misericordia del Señor (cfr. Eclo 51,8), ore como el profeta Nehemías: “acuérdate de mí, Dios mío, y ten piedad de mí según tu gran misericordia!” (Neh 13, 22; cfr. Bar 2, 27). O como el Rey David: “Rocíame con el hisopo, y seré limpio, lávame, y quedaré más blanco que la nieve” (Sal 50, 9), porque “Si tienes en cuenta nuestra culpas, Señor ¿quién podrá resistir?” (Sal 129, 3). Tú, Señor, no desprecias un corazón contrito y humillado (cfr. Sal 50, 19).
Dios no nos trata según nuestros pecados sino según su gran misericordia (cfr. 1 Mac 13, 46). Él es siempre fiel y nunca aparta su misericordia de nosotros (Cfr.Gn 39, 21; 2 Mac 6, 16; Dn 3, 35). Por ello, “habrá más alegría en el cielo por un solo pecador que se convierta que por 99 justos que no tengan necesidad de conversión (Lc 15, 7).
7. En este contexto, el beato Juan Pablo II se dirigía a las mujeres con las siguientes palabras consoladoras: “Una reflexión especial quisiera tener para vosotras, mujeres que habéis recurrido al aborto. La Iglesia sabe cuántos condicionamientos pueden haber influido en vuestra decisión, y no duda de que en muchos casos se ha tratado de una decisión dolorosa e incluso dramática.
Probablemente la herida aún no ha cicatrizado en vuestro interior. Es verdad que lo sucedido fue y sigue siendo profundamente injusto. Sin embargo, no os dejéis vencer por el desánimo y no abandonéis la esperanza. Antes bien, comprended lo ocurrido e interpretadlo en su verdad. Si aún no lo habéis hecho, abríos con humildad y confianza al arrepentimiento: el Padre de toda misericordia os espera para ofreceros su perdón y su paz en el sacramento de la Reconciliación. Os daréis cuenta de que nada está perdido y podréis pedir perdón también a vuestro hijo que ahora vive en el Señor. Ayudadas por el consejo y la cercanía de personas amigas y competentes, podréis estar con vuestro doloroso testimonio entre los defensores más elocuentes del derecho de todos a la vida. Por medio de vuestro compromiso por la vida, coronado eventualmente con el nacimiento de nuevas criaturas y expresado con la acogida y la atención hacia quien está más necesitado de cercanía, seréis artífices de un nuevo modo de mirar la vida del hombre” (Evangelium vitae, n. 99).
Otro argumento quedaría por considerar aún: los niños por nacer que han muerto sin el bautismo. Al respecto “la Iglesia -leemos en el Catecismo de la Iglesia Católica- sólo puede confiarlos a la misericordia divina, como hace en el rito de las exequias por ellos. En efecto, la gran misericordia de Dios, que quiere que todos los hombres se salven (cfr. 1 Tim 2, 4) y la ternura de Jesús con los niños,que le hizo decir: “Dejad que los niños se acerquen a mí, no se lo impidáis” (Mc. 10, 14), nos permiten confiar en que haya un camino de salvación para los niños que mueren sin Bautismo. Por esto es más apremiante aún la llamada de la Iglesia a no impedir que los niños pequeños vengan a Cristo por el don del santo bautismo” (n. 1261).
IV. Dios pedirá cuentas de la vida del hombre al hombre
8. Toda ley que reivindicara el ‘derecho’ al aborto y pretendiera reconocerlo legalmente, sería concederle inicuamente a la libertad humana un poder absoluto sobre los demás y contra los demás hombres. Y esto sería posible cuando todo, incluso la ley, es fruto de consensos sin referencia al ser, a la verdad y al bien. En la actual cultura relativista todo es negociable, hasta el primero de los derechos fundamentales: el de la vida. La falsa tesis relativista rechaza la existencia de una norma moral que tenga sus raíces en la naturaleza del ser humano a la cual tenga que hacer referencia la misma concepción del hombre, del Bien Común y del Estado.
La pérdida del sentido de Dios y del temor de Dios harían posible una ley del aborto. Sería el olvido (muchas veces voluntario) de la visión cristiana del hombre, de la sociedad y del mundo. Nunca será un ‘logro social’ o un fruto de vida la sanción de una ley semejante.
¿Cómo se podría hablar de la dignidad del hombre, cuando los mismos hombres con sus leyes permiten matar al más débil e inocente? ¿Amparado y en nombre de cuál justicia se realiza la más injusta de las discriminaciones entre las personas, al legislar que algunos son dignos de ser defendidos y de vivir, mientras a otros se les niega tal derecho?
“Ninguna circunstancia, ninguna finalidad, ninguna ley del mundo -nos enseña el beato Juan Pablo II- podrá jamás hacer lícito un acto que es intrínsecamente ilícito, por ser contrario a la Ley de Dios, escrita en el corazón de cada hombre,reconocible por la misma razón, y proclamada por la Iglesia” (Evangelium vitae, n.62).
9. La posible promulgación de una ley por la que se intentara el aborto directo,como fin o como medio, de ninguna manera podría ser avalada por los católicos. Al respecto, es necesario recordar que la Iglesia siempre, desde sus orígenes, vivió en sus fieles el deber de obedecer a las autoridades públicas legítimamente constituidas (cfr. Rom 13, 1-7, 1 Pe 2, 13-14). Sin embargo enseñó también firmemente que “hay que obedecer a Dios antes que a los hombres” (Hech 5, 29).
“En el caso pues de una ley intrínsecamente injusta, como es la que admite el aborto o la eutanasia, nunca es lícito someterse a ella, «ni participar en una campaña de opinión a favor de una ley semejante, ni darle el sufragio del propio voto»”(Evangelium vitae, n. 73).
Debemos estar dispuestos a dar la vida si fuera necesario. Porque si la vida del inocente es sagrada, mucho más sagrado es el principio moral que la custodia. Precisamente para no repetir la triste y trágica respuesta de Caín a Dios, quien le preguntó “Caín: «¿Dónde está tu hermano Abel?», «no lo sé: ¿soy yo acaso el guardián de mi hermano?», respondió Caín. Y el Señor le replicó: «¿Qué has hecho? La sangre de tu hermano clama a mi desde el suelo»” (Gn 4, 9-10).
Por estas razones, “Dios se hace juez severo de toda violación del mandamiento «no matarás», que está en la base de la convivencia social. Dios es el defensor del inocente (cfr. Gn 4, 9-15; Is 41, 14; Jr 50, 34; Sal 19 / 18, 15). También de este modo, Dios demuestra que «no se recrea en la destrucción de los vivientes» (Sab 1,13). Sólo Satanás puede gozar con ella: por su envidia la muerte entró en el mundo (cfr. Sab 2, 24). Satanás, que es «homicida desde el principio», y también
«mentiroso y padre de la mentira» (Jn 8, 44), engañando al hombre, lo conduce a los confines del pecado y de la muerte, presentados como logros o frutos de vida” (Evangelium vitae, n. 53). “Dios no hizo la muerte” (Sab 1, 13).
V. Magisterio de la Iglesia y Parlamentarios católicos
10. La Iglesia católica al referirse concretamente a los fieles laicos que se encuentran comprometidos directamente en la vida legislativa de una Nación, afirma cuanto sigue:
a). “tienen la «precisa obligación de oponerse» a toda ley que atente contra la vida humana. Para ellos, como para todo católico, vale la imposibilidad de participar en campañas de opinión a favor de semejantes leyes, y a ninguno de ellos les está permitido apoyarlas con el propio voto”.
b). “Esto no impide, como enseña Juan Pablo II en la Encíclica Evangelium vitae a propósito del caso en que no fuera posible evitar o abrogar completamente una ley abortista en vigor o que está por ser sometida a votación, que «un parlamentario, cuya absoluta oposición personal al aborto sea clara y notoria a todos, pueda lícitamente ofrecer su apoyo a propuestas encaminadas a limitar los daños de esa ley y disminuir así los efectos negativos en el ámbito de la cultura y de la moralidad pública»”.
c). “En tal contexto, hay que añadir que la conciencia cristiana bien formada no permite a nadie favorecer con el propio voto la realización de un programa político o la aprobación de una ley particular que contengan propuestas alternativas o contrarias a los contenidos fundamentales de la fe y la moral” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Nota doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política (24.XI.2002), n. 4).
El punto b). no es aplicable al caso del Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación acerca del aborto no punible, del pasado mes de marzo, porque no tiene rango de ley para la Nación Argentina y no obliga a promulgar una ley provincial.
El punto b). sí sería aplicable si ya existiera una ley promulgada al respecto y no fuera posible abrogarla o que está por ser sometida a votación. Tales situaciones no se han verificado aún. Y, aún este caso, siempre tendrá que quedar clara la posición del parlamentario contraria al aborto y a favor de la vida del niño por nacer.
La ley civil podría renunciar a la aplicación del castigo debido por un delito. Es el caso del llamado ‘aborto no punible”. Esta afirmación suscita dos consideraciones, a saber: 1ª Que para la ley civil el aborto ‘es’, aún hoy, un delito; 2ª Que, si bien es un delito, no será castigado o no será punible. Pero aquello que no podría la ley civil es “declarar honesto lo que sea contrario al derecho natural, pues una tal posición basta para que una ley no sea ya ley” (Declaración sobre el aborto provocado, n. 21).
VI. Algunos interrogantes y reflexiones
Ante los temas expuestos y debatidos actualmente en la sociedad surgen algunos interrogantes que parecen más bien contradicciones. Las siguientes reflexiones quieren poner en evidencias las mismas.
11.Un aspecto de fecundación artificial consiste en tener separadamente en un lugar apropiado al embrión humano. Precisamente porque a partir de él se intenta implantarlo para que se desarrolle y pueda tener un hijo la persona que se somete a tal tratamiento. Es decir, se reconoce que el embrión posee todas las cualidades para que de su normal desarrollo vea la luz ese ser humano. Si esto es así, ¿cómo se podría justificar la destrucción (aborto, directamente intentado como fin o como medio) de un embrión humano?
En muchas oportunidades se pretende justificar el aborto como ‘un derecho’ de la mujer embaraza para tomar decisiones sobre su propio cuerpo. Al respecto, es necesario tener presente que se está ante una nueva vida, que es un don de Dios. Por lo que esa nueva vida humana es distinta de la madre y, por ello, ‘ya no es su cuerpo’ y no puede disponer de ella como si no fuera una vida humana. La mujer embaraza ‘no tiene derecho’ para realizar un aborto directamente intentado, como fin o como medio.
La persona, el hombre, no lo es porque otro hombre (o una ley humana) así lo acepte. La existencia de un ser humano (niño o anciano) en cuanto tal no depende del reconocimiento o no de los demás hombres. La existencia ontológica de la vida humana es independiente de una determinación legal. Es inadmisible afirmar que el embrión o el feto sería un ser humano siempre y cuando la madre o la ley, por ejemplo, acepten que lo fuera, de lo contrario, si no lo reconocieran como tal, no lo sería. “El derecho a la vida permanece íntegro en un anciano, por muy reducido de capacidad que esté; un enfermo incurable no lo ha perdido” (Declaración sobre el aborto provocado, n. 12).
El embrión desde sus primeros momentos posee ya su propio, único e irrepetible ADN. El cual será el mismo a lo largo de toda la vida de la persona, tenga cinco años como 80. Incluso después de muerto se puede obtener las características del ADN e identificar a quién pertenecen esos restos óseos, por ejemplo. Esto quiere decir, que, como sostiene la ciencia genética moderna, en el embrión desde su primer instante “queda fijado el programa de lo que será este ser viviente: un hombre, individual, con sus notas características ya bien determinadas” (Declaración sobre el aborto provocado, n. 13).
Es loable que un Gobierno ayude económicamente a las madres que se encuentran ya con un embarazo de tres meses. Lo cual significa que tal Gobierno reconoce que, al menos desde los tres meses de embarazo, una mamá lleva en sí un ser humano y, por ello, la ayuda en su gestación para que pueda desarrollarse normalmente. Si esto es así, ¿cómo se podría justificar el asesinato (aborto, directamente intentado como fin o como medio) de un ser humano de tres meses de vida, amparándose en una posible ley promulgada por ese mismo Gobierno?
Somos testigos del crecimiento positivo de importantes manifestaciones en el mundo que expresan su apoyo para la salvación de especies animales en vías de extinción o para cuidar el medio ambiente, como así también su disconformidad contra la pena de muerte y las guerras. Y, por otra parte, también somos testigos de la contradicción de legislar para la protección de los animales en espera de su cría y, simultáneamente, legislar para destruir (legalmente) la vida humana en el seno materno.
Conclusión
12. He querido, en esta Carta Pastoral, expresarles de manera muy breve la concepción católica del hombre y de la vida. Católica, porque se trata de un argumento considerado desde la luz de la Revelación Divina, de la fe sobrenatural y según el Magisterio de la Iglesia. Asimismo, y por ello mismo, he manifestado aquellos aspectos y motivos que surgen de una interpretación objetiva de los datos de la naturaleza del hombre alcanzados con la luz de la razón. Las conclusiones a las que llega la fe y a las que llega la recta razón del hombre no se excluyen entre sí. Fe y razón son como las dos alas por las cuales nuestra inteligencia se eleva para alcanzar la verdad de las cosas.
La Revelación divina nos muestra al hombre como creado a ‘imagen y semejanza de Dios’ y puesto en el ‘centro de la creación visible’. En otras palabras, todo el mundo visible está al servicio del hombre y para su bien. En el libro del Génesis leemos que Dios le dio al hombre la responsabilidad de usar (y no abusar) de la creación, custodiándola y velando por ella (Gn 1, 21. 28). Y el rey David expresa esto mismo afirmando que Dios hizo al hombre señor de la creación, poniendo todas las cosas bajo su dominio (Sal 8, 7). Por su parte san Pablo confiesa solemnemente que todo es de nosotros los hombres, nosotros de Cristo y Cristo de Dios (1 Cor 3,22-23).
Tal es la centralidad del hombre en la creación que ella misma “está aguardando con ardiente anhelo la manifestación de los hijos de Dios. [...] porque también ella misma será liberada de la servidumbre de la corrupción para participar de la libertad de la gloria de los hijos de Dios. Pues sabemos que la creación entera gime hasta el presente y sufre dolores de parto” (Rom 8, 19. 21-22). Porque por el pecado, el hombre usa (abusa) de ella en contra del fin para el cual fue creada y por eso ‘gime’ aguardando la manifestación del hombre regenerado por y en la gracia, hasta que todo sea recapitulado en Cristo y la creación de los cielos nuevos y la tierra nueva (cfr. Is 65, 17; 2 Pe 3, 13; Apoc 21, 1). En algunas ocasiones, este aspecto de la relación entre el ser humano y el resto de la creación no ha sido considerado suficientemente ni puesto en evidencia.
La dignidad del ser humano tiene su fundamento no sólo por ser ‘imagen y semejanza de Dios’ y ser el centro de la creación visible sino también porque el Verbo de Dios asumió una naturaleza humana y se hizo hombre para redimir al hombre. Haciéndose en todo igual a nosotros, excepto en el pecado (Hebr 4, 15).
13. Invito a todos los sacerdotes de la Diócesis que organicen, en sus Parroquias, especialmente durante los meses de mayo y junio turnos de adoración al Santísimo Sacramento y rezo del Santo Rosario para pedir a Dios que tenga misericordia de nosotros y bendiga nuestra Diócesis concediéndonos el don de la fidelidad.
De modo particular, que los niños que harán la primera comunión este año en la adoración al Santísimo Sacramento y en el rezo del Santo Rosario pidan a Dios que ilumine y fortalezca a nuestros legisladores para que, invocando a “Dios fuente de toda razón y justicia”, legislen según el orden natural y para el Bien Común de nuestra Patria.
Supliquemos a Dios que nos de la gracia a todos de perseverar en la fidelidad a sus mandamientos y que estemos dispuestos a dar la vida por ellos, como lo han hecho siempre los cristianos en la historia de la Iglesia. Convencidos con san Pablo que “los sufrimientos del tiempo presente no guardan proporción con la gloria que se debe manifestar en nosotros” (Rom 8, 18).
Sabiendo que “nuestras tribulaciones, leves y pasajeras, nos producen eterno caudal de gloria, de una medida que sobrepasa toda medida” (2 Cor 17).
El tiempo de Pascua nos invita a tener como horizonte la vida y no la muerte. Favorecer la vida desde su inicio. Defenderla, darle un sentido nuevo, ya que en Cristo tenemos la Vida verdadera: “Yo soy la resurrección y la vida: el que cree en Mí, aunque muera, vivirá” (Jn 11, 25). Porque Él vino “para que los hombres tengan vida y la tengan en abundancia” (Jn 10, 10).
Que Dios me los bendiga a todos en Cristo y María Santísima,
+ Pedro Daniel Martínez P. Obispo de San Luis