1 de diciembre de 2014. ¿NEGOCIAMOS CON LOS SACRAMENTOS?. Autor: Padre, Raúl Ortíz Toro. Licenciado en teología patrística e historia de la teología. Maestría en Bioética, Roma, Italia. Docente, Seminario Mayor, Arquidiócesis de Popayán, Colombia. En los últimos días se ha desatado una controversia debido a las palabras del Papa Francisco en la homilía del 21 de noviembre pasado en la Casa Santa Marta en el Vaticano, donde acostumbra celebrar la Eucaristía. La liturgia de la Palabra reportaba para este día la versión de Lucas (19, 45-48) sobre la expulsión de los mercaderes del Templo de Jerusalén. Lo primero que conocimos de su homilía nos llegó por los medios de comunicación que, atentos siempre a los temas controversiales, sacaron a relucir algunas palabras del Papa sacadas del contexto.
Lo cierto del caso, es que el Papa denunció que en muchas parroquias se hacía negocio con los sacramentos, lo cual causa escándalo en el Pueblo de Dios y rechazó que hubiera lista de precios para las celebraciones litúrgicas. La versión oficial de lo que expresa siempre el Santo Padre se encuentra en la página de internet del Vaticano (www.vatican.va) y sobre el particular se puede buscar la pestaña “Meditaciones diarias”.
Las reacciones no se hicieron esperar; muchas personas del común asintieron y los fieles más evangelizados pusieron por su parte la objeción de que entonces cómo se sostendrían las parroquias. Incluso se escuchó la reacción del mismo Presidente de la Conferencia Episcopal Italiana, Cardenal Angelo Bagnasco, quien aquel mismo día concedió una entrevista en la que deja claro que el estipendio que se ofrece por los sacramentos no indica de ningún modo que se haga negocio con ellos. Los periodistas quisieron presentar la posición del Cardenal como un cuestionamiento a la denuncia del Papa, pero la verdad es que los dos tienen razón.
Empecemos por las razones del Cardenal. Es muy cierto que los Sacramentos no se venden en la Iglesia. Si eso ocurre se cae en el pecado de simonía que, como lo describe el Catecismo de la Iglesia Católica, en el numeral 2121, se trata de “la compra o venta de cosas espirituales. A Simón el mago, que quiso comprar el poder espiritual del que vio dotado a los apóstoles, Pedro le responde: ‘Vaya tu dinero a la perdición y tú con él, pues has pensado que el don de Dios se compra con dinero’ (Hch 8, 20). Así se ajustaba a las palabras de Jesús: ‘Gratis lo recibisteis, dadlo gratis’ (Mt 10, 8; cf Is 55, 1). Es imposible apropiarse de los bienes espirituales y de comportarse respecto a ellos como un poseedor o un dueño, pues tienen su fuente en Dios. Sólo es posible recibirlos gratuitamente de Él”.
Sin embargo, la Palabra de Dios indica también que Jesús al enviar a la misión a sus apóstoles les dice que se vayan desprovistos de todo ya que “El obrero merece su sustento” (Mateo 10, 10) y San Pablo afirma en 1 Corintios 9, 13-14: “¿No saben ustedes que los ministros del culto viven del culto, y que aquellos que sirven al altar participan del altar? De la misma manera, el Señor ordenó a los que anuncian el Evangelio que vivan del Evangelio”. Y en los consejos que da Pablo a Timoteo le señala: “Los presbíteros que ejercen su cargo debidamente merecen un doble reconocimiento, sobre todo, los que dedican todo su esfuerzo a la predicación y a la enseñanza. Porque dice la Escritura: No pondrás bozal al buey que trilla, y también: El obrero tiene derecho a su salario” (1 Timoteo 5, 17-18).
Precisamente por ello, el Código de Derecho Canónico trata el tema de los estipendios en los cánones 945 a 958. Por ejemplo, el 945 dice: “Según el uso aprobado de la Iglesia, todo sacerdote que celebra o concelebra la Misa puede recibir una ofrenda, para que la aplique por una determinada intención”. Pero también pone en guardia: “Fuera de las ofrendas determinadas por la autoridad competente, el ministro no debe pedir nada por la administración de los sacramentos, y ha de procurar siempre que los necesitados no queden privados de la ayuda de los sacramentos por razón de su pobreza” (canon 848). Y También: “En materia de ofrendas de Misas, evítese hasta la más pequeña apariencia de negociación o comercio (canon 947).
También el papa Pablo VI escribió una Carta Apostólica en forma de Motu Proprio llamada “Firma in Traditione” (13 de junio de 1974) en la que exhorta: “Podemos ver que en la continua tradición de la Iglesia los fieles, motivados por su sentido religioso y eclesial, buscan unirse de una manera más activa a la celebración de la Eucaristía a través de un aporte personal, contribuyendo así a las necesidades de la Iglesia y, particularmente, al sostenimiento de sus ministros”.
De modo que la ofrenda que el feligrés presenta cuando recibe un sacramento no debe ser considerada como un negocio sino como una manera de solidarizarse con la Iglesia, a través de la cual recibe la gracia sacramental. Por eso se deja en claro que si, por alguna circunstancia, una persona debido a su pobreza no puede presentar la ofrenda, no por ello se le debe negar el sacramento. Otra consideración es que muchas veces la gente del común piensa que el estipendio completo pasa a ser del sacerdote celebrante, ignorando que los obispos de cada diócesis señalan mediante decreto la asignación de una ofrenda cuando se celebra un sacramento y también su distribución: una parte para el fondo parroquial (para pagar desde los servicios públicos de agua, energía, alumbrado público, aseo, teléfono, seguros, ornamentos, vasos sagrados, hasta las hostias, el vino, las flores, incienso, etc.); otra parte para la Curia Diocesana a través del denominado “Arancel” que se convierte en un fondo para la administración de los bienes de la Iglesia, la ayuda a parroquias pobres y para el ejercicio de la caridad por parte del Obispo. Finalmente, una parte para el sacerdote, para su sustento, su alimentación, su vestido, sus necesidades. Eso sí, al respecto, la Congregación para el Clero ha determinado muy bien a través del Decreto “Mos Iugiter” (22 de febrero de 1991) hasta dónde el sacerdote puede percibir esos estipendios sin abusar de ellos.
De modo que cuando el papa Francisco se refiere al “escándalo” que podemos promover los sacerdotes en la gente cuando ve la lista de los “precios” debemos concentrarnos no tanto en que el papa prohíba la ofrenda sino que denuncia los abusos. Estoy seguro que el papa no quiere negar el sustento digno al culto, a los ministros del altar y a las obras de beneficencia y de pastoral a nivel parroquial y diocesano sino que advierte contra cualquier injusticia al respecto. Ese tema debe hacernos pensar en un examen pastoral sobre el modo como administramos los sacramentos y la manera como presentamos la necesidad de que el Pueblo de Dios ayude en el sostenimiento de la Iglesia. Lamentablemente, es cierto que muchas veces podemos ser presa de la tentación y del pecado mismo de avaricia y codicia. Por ello Francisco dijo: “El pueblo no perdona un sacerdote apegado al dinero y que trate mal a la gente”.
Seguramente que para entender aún mejor el llamado de atención del Papa nos servirá saber que en el caso de Europa, la financiación de la Iglesia se da a través de dos posibilidades: Una financiación directa, o sea cuando el Estado respalda económicamente desde su presupuesto a las religiones de mayor arraigo social, como en el caso de Bélgica, Grecia y Luxemburgo. Otra posibilidad es una financiación indirecta, donde el Estado ejerce una especie de mediación para recaudar el “impuesto eclesiástico” y destinarlo después a la religión que haya sido elegida por el contribuyente. Alemania es el caso más sonado, pero en general, excepto Francia, en Europa los ministros tienen un salario ya estipulado gracias a los recaudos fiscales y las parroquias tienen un rubro para su sostenimiento. Por ello, cuando un feligrés pide que se celebre la Eucaristía por una intención, acostumbran en Europa dar una ofrenda libre, no estipulada en ninguna lista o decreto, y de allí el reclamo del Papa.
Muy distinta a la europea es la situación de los países de los otros continentes donde encontramos muchas veces parroquias en las que el sacerdote no alcanza ni siquiera a pagar la seguridad social (salud y pensión) con las ofrendas de los feligreses que deben ser destinadas a la alimentación y los gastos más urgentes de la parroquia. Es aún más triste la situación cuando los fieles no escatiman gastos para festejar la celebración de los sacramentos que muchas veces son celebrados por la gente como simples actos sociales, pero sí critican que haya que dar una ofrenda para la Parroquia y el ministro. Desde que la ofrenda sea justa, es decir, acorde al arancel diocesano, el feligrés no debería escandalizarse. Esta situación también nos llama a otra iniciativa y es visibilizar aún más las inversiones que se hacen con el fondo parroquial: el sostenimiento de alguna fundación de caridad, los arreglos materiales del templo y la casa cural, la adquisición de paramentos litúrgicos, la financiación de iniciativas pastorales, el material de difusión litúrgico, etc. de modo que puedan apreciar en qué se invierte el dinero que generosamente aportan.