22 November 2024
 

 

 

 

 

TÍTULO V. Código Derecho Canónico (Iglesia Latina)

DEL VOTO Y DEL JURAMENTO

Canon 1191.

1. El voto, es decir, la promesa deliberada y libre hecha a Dios de un bien posible y mejor, debe cumplirse por la virtud de la religión.

                2. A no ser que se lo prohíba el derecho, todos los que gozan del conveniente uso de razón son capaces de emitir un voto.

                3. Es nulo ipso iure el voto hecho por miedo grave e injusto, o por dolo.  °°°°°°

°°°°°   Canon 1192.

1. El voto es público, si lo recibe el Superior legítimo en nombre de la Iglesia; en caso contrario es privado.

2. Es solemne, si la Iglesia lo reconoce como tal; en caso contrario es simple.

3. Es personal, cuando se promete una acción por parte de quien lo emite; real, cuando se promete alguna cosa; mixto, el que participa de la naturaleza del voto personal y del real.

Canon 1193.

De por sí, el voto obliga solamente a quien lo ha emitido.

Canon 1194.

Cesa el voto por transcurrir el tiempo prefijado para cumplir la obligación, por cambio sustancial de la materia objeto de la promesa, por no verificarse la condición de la que depende el voto o por venir a faltar su causa final, por dispensa y por conmutación.

Canon 1195.

Quien tiene potestad sobre la materia del voto, puede suspender la obligación de éste durante el tiempo en el que su cumplimiento le cause un perjuicio.

Canon 1196.

Además del Romano Pontífice, pueden dispensar, con justa causa, de los votos privados, con tal de que la dispensa no lesione un derecho adquirido por otros:

El Ordinario del lugar y el párroco, respecto a todos sus súbditos y también a los transeúntes;

El Superior de un instituto religioso o de una sociedad de vida apostólica, siempre que sean clericales y de derecho pontificio, por lo que se refiere a los miembros, novicios y personas que viven día y noche en una casa del instituto o de la sociedad;

Aquellos a quienes la Sede Apostólica o el Ordinario del lugar hubiesen delegado la potestad de dispensar.

Canon 1197.

Quien emitió un voto privado, puede conmutar la obra prometida por otra mejor o igualmente buena; y puede conmutarla por un bien inferior aquel que tiene potestad de dispensar a tenor del canon 1196.

Canon 1198.

Los votos emitidos antes de la profesión religiosa quedan suspendidos mientras el que los emitió permanezca en el instituto religioso.

VOTOS

(PRIVADOS Y RELIGIOSOS)

TEOLOGÍA MORAL

SUMARIO

I. El voto: características fundamentales.

II. El voto en la piedad popular:

1. Elemento central;

2. El necesario discernimiento.

III. Los votos religiosos.

1. De los consejos evangélicos a los votos religiosos;

2. La perspectiva del Vat. II;

3. En el misterio de Cristo.

I. El voto: características fundamentales

Promesa de un bien mayor hecha a Dios libremente, el voto ocupa un amplio espacio en las varias experiencias religiosas como momento de culto de latría particular y destacado. En efecto, en virtud del voto la cosa o el gesto prometido adquiere una especie de consagración, que lo convierte en proclamación cualificada de la fe en Dios, señor de toda la realidad y cercano al hombre en lo concreto de su historia. Las características propias de las diversas experiencias religiosas confieren a este contenido central acentos y perspectivas concretas que no siempre dejan ver enseguida su valor cúltico esencial.

La teología moral clásica consideró detenidamente la problemática de los votos, si bien con una preocupación casuística, a veces incluso demasiado minuciosa. Así profundizó tanto las características que deben ser propias del objeto (sólo un bien mejor), como la libertad y la conciencia necesarias en quien decide hacer un voto (no es válido el hecho con ignorancia sustancial de sus efectos y sin la debida libertad). También detalló sus consecuencias: la obligatoriedad que un voto establece está determinada por la libre voluntad de quien lo hace, y por tanto puede ser más o menos grave. A1 mismo tiempo puso de manifiesto las competencias propias de la jerarquía eclesial respecto a los votos para su reconocimiento comunitario y para la dispensa de los mismos en caso de particular dificultad.

El Código de derecho canónico se preocupa de precisar la capacidad subjetiva requerida para la validez: "Son capaces de emitir el voto todos los que tienen un uso conveniente de razón, a menos que lo tengan prohibido por el derecho mismo" (can. 1191, § 2). Distingue entre voto privado y público, recordando que el segundo es el "aceptado por el legítimo superior en nombre de la Iglesia"; entre voto solemne y simple, según el reconocimiento de la Iglesia; entre voto personal (el objeto de la promesa está constituido por la acción de quien emite el voto), real (el objeto está constituido por una cosa) y mixto (cuando el objeto une a la vez los dos aspectos) (can. 1192).

En cuanto a la cesación del voto, el Código de derecho canónico especifica que se verifica "cuando ha transcurrido el tiempo fijado para el cumplimiento de la obligación, cuando cambia sustancialmente la materia de la promesa, cuando falta la condición de la cual depende el voto o su causa final, con la dispensa y con la conmutación" (can. 1194).

La dispensa, por una causa justa, de los votos privados es competencia del santo padre; del obispo y del párroco (relativamente a los propios fieles y también a los forasteros); del superior de un instituto religioso o de una sociedad de vida apostólica si es clerical de derecho pontificio (relativamente a los miembros de la respectiva comunidad, a los novicios y a las personas que viven establemente en una casa del instituto o de la sociedad); de quienes han recibido la potestad delegada de la sede apostólica o del Ordinario del lugar (can. 1196).

La conmutación de una obra prometida con voto privado puede hacerse, si se trata de un bien menor, por aquellos que tienen la potestad de dispensar; si, en cambio, se trata de un bien mayor o igual, también por quien ha emitido el voto (can. 1197).

II. El voto en la piedad popular

1. ELEMENTO CENTRAL. La presencia de los votos en la religiosidad y en la piedad popular ha adquirido tal importancia que hace incomprensible su dinámica a quien quisiera prescindir de ellos. Baste recordar el número y la calidad de los exvotos conservados en las paredes y en los archivos de los mayores santuarios populares: con ello es posible reconstruir la historia, no sólo religiosa, sino también cultural, sobre todo de los estratos más populares.

Pero no siempre en la piedad popular el voto consigue conservar y hacer que se transparente con toda claridad que es esencialmente culto de latría. La mayoría de las veces se hace a un santo o a la virgen María; y no siempre está guiado por la conciencia de que el deseo de honrar a un santo y a la Virgen o de obtener su intercesión no debe hacer perder de vista que un voto se hace siempre a Dios, aunque sea en honor de la Virgen o de un santo. Tampoco consigue siempre la piedad popular escapar del todo a la acechanza de traficar o chantajear a Dios, a la Virgen y a los santos. Sin embargo, a pesar de todo esto, el voto popular es siempre testimonio elocuente del carácter concreto con que sobre todo los más pobres y marginados sienten a Dios como última esperanza y quieren hacerle sitio, incluso entre mil contradicciones, en su propia vida.

Entre los votos que privilegia la piedad popular, merece una mención particular la peregrinación por la dimensión comunitaria que postula y desarrolla y por la de conversión personal que tiende a promover. A pesar de los contenidos turísticos que va asumiendo en nuestro tiempo, la peregrinación, por las dos dimensiones que acabamos de recordar, constituye todavía hoy una posibilidad pastoral que no debe subestimarse, sino que hay que favorecer sabiamente en orden a un sentido comunitario más fuerte de la vida cristiana.

En otras formas de votos de la piedad popular están presentes elementos mortificativos y aflictivos, cuyas raíces- se remontan lejos en el tiempo. Se han afirmado en momentos en que la incertidumbre del futuro y la dureza- del presente eran particularmente agudas, permaneciendo luego en la tradición popular. Ante tales formas, la sensibilidad contemporánea formula justamente interrogantes en nombre de la dignidad del cuerpo humano y de la imagen misma de Dios que, sin quererlo, se corre el riesgo de proponer. Resulta indispensable una obra atenta de discernimiénto y de purificación para no correr el riesgo de perder en el clamor de lo folclórico los contenidos de fe que allí se encuentran.

2. EL NECESARIO DISCERNIMIENTO. Hoy se impone un atentado discernimiento para cualquier decisión de voto a la luz de un contexto social tan dinámico y mutable como éste en que vivimos. En realidad, nuestra situación da un nuevo relieve al voto: en un tiempo de difícil fidelidad se percibe con mayor claridad el significado explosivo de quien se compromete para el futuro en virtud de la fe en Dios presente en la historia, convirtiéndose en claro anuncio suyo. Mas, al mismo tiempo, nuestra situación exige que se valoren con verdadera prudencia todas las consecuencias que de ahí se derivan, tanto a nivel personal como comunitario; sobre todo exige que cuanto se intenta prometer se proyecte sabiamente en el futuro para el cual debe seguir siendo un bien mejor y posible.

Orienta en este sentido también el silencio de los evangelios respecto de los votos. A diferencia del AT, en el cual son frecuentes las referencias a su valor y la preocupación por precisar su normativa (cf Gén 28,20-22; Sal 132,2-5; Lev 27,2-25), en los evangelios encontramos una sola referencia explícita y en sentido crítico: no se puede ofrecer a Dios lo que por justicia se debe a otros (Mc 7,11). Semejante silencio parece aún más sorprendente si se tiene presente la frecuencia de los votos no sólo entre los judíos, sino también entre los griegos y romanos del tiempo.

Mas todo esto no hay que interpretarlo como una condena indiscriminada del voto. Además del rechazo de su uso descaminado, la exégesis y la reflexión teológica descubre ahí la exigencia y la voluntad de subrayar que el culto del NT no está unido en primer lugar a gestos rituales, sino al corazón, según las perspectivas propias ya de los profetas del AT.

Por otra parte, la relevancia que han asumido en nuestra cultura la libertad, la inmediatez y la espontaneidad nos lleva lejos del contexto cultural y espiritual en el cual maduró un recurso cada vez más frecuente a los votos. La vida de algunos santos, incluso de la época moderna, es un testimonio elocuente, que, sin embargo, se corre el riesgo de tergiversar cuando no se valoran adecuadamente los supuestos culturales y espirituales de su ambiente (p.ej., la identificación de la perfección con la necesidad moral).

En nuestro contexto será precisa una nueva comprensión del voto que supere los residuos culturales que indican desconfianza hacia la libertad y que testimonia claramente que es expresión, fuerte y explícita, de la libertad como "signo altísimo de la imagen divina" (GS 17). En estas perspectivas la obligación que el voto establece ha de vivirse no tanto como límite de la verdad cuanto más bien como fidelidad gozosa y grata de una libertad que se descubre y se realiza como alabanza e invocación de Dios libertad.

III. Los votos religiosos

Los tres votos de castidad, pobreza y obediencia, que constituyen la profesión religiosa, se afirman con tal densidad y profundidad que a primera vista cuesta relacionarlos con todos los demás votos. Por ellos la persona entera y la vida toda quedan consagradas a la alabanza del Señor y al servicio de los hermanos. Viene así a realizarse "una nueva consagración: la consagración y la donación de la persona humana a Dios, amado sobre todas las cosas" (JUAN PABLO II, Redemptionis donum, n. 7).

1. DE LOS /CONSEJOS EVANGÉLICOS A LOS VOTOS RELIGIOSOS. Los votos religiosos sancionan una modalidad de vida cristiana cargada de una calidad específica y de un valor particular propio. La reflexión teológico-espiritual ha recorrido, para precisarlos, un camino largo y no siempre fácil. Ante todo ha tenido que precisar la relación entre la forma de vida determinada por los votos religiosos y las otras modalidades de vida cristiana. La respuesta se articula de acuerdo con la distinción entre consejo y precepto: el evangelio presentados caminos para quien quiera entrar en el reino de los cielos: el de los preceptos, o sea el exigido a todo creyente para la salvación, y el de los consejos para quien no quiere la sola salvación, sino que busca la perfección. Al establecer y precisar esta distinción, se confiere particular relieve ya por los Padres a algunos pasajes del NT: la perícopa evangélica relativa a los eunucos por el reino de los cielos (Mt 19,1-12) y el consejo paulino de virginidad (1Cor 7,1-40); el episodio del joven rico (Mt 19,1630); las afirmaciones sobre el estado de los resucitados (Le 20,27-40). Esta visión se afirmó muy pronto sobre la otra, presente en los documentos más antiguos de la vida monástica, según la cual el monje es el verdadero creyente que vive a fondo las exigencias evangélicas [/ Ascesis y disciplina].

Paralelamente, los varios consejos evangélicos serán resumidos en los votos de pobreza, castidad y obediencia. Semejante visión se hizo común a partir del siglo xii, aunque con los acentos propios de las diversas experiencias concretas de vida religiosa.

Son las perspectivas en que se mueve la síntesis de Tomás de Aquino. En su centro está la relación "essentialiter/ secundario-instrumentaliter" entre los preceptos y los consejos: "Esencialmente la perfección de la vida cristiana consiste en la caridad: de manera principal en el amor de Dios y de manera secundaria en el amor del prójimo, sobre el cual se dan los principales mandamientos de la ley divina... Secundaria e instrumentalmente, la perfección consiste en los consejos, los cuales como los mismos preceptos, están ordenados a la caridad, pero de manera diversa". En efecto, mientras que los preceptos "están ordenados a eliminar las cosas incompatibles con la caridad", los consejos miran a "eliminar aquellos obstáculos al ejercicio de la caridad que son incompatibles con ella" (S. Th., Il-Il, q. 184, a. 3).

De los votos brota el estado de perfección, que para Tomás es tal porque el que lo decide "se obliga perpetuamente, con una solemnidad, a lo que se refiere a la perfección". Pero "nada impide que haya perfectos que no están en estado de perfección, y que en el estado de perfección haya algunos que no son perfectos" (ib, a. 4).

La distinción entre vida religiosa como estado de perfección y vida cristiana común se hará luego más radical en virtud de la relación de obligatoriedad respecto a la misma perfección. "El estado de perfección -escribirá F. Suárez-, se refiere al estado de la vida cristiana como por adición..., como la perfección a lo que es perfectible o como la determinación a lo que puede determinarse" (Opera omnia, t. 15, Vivés, París 1859, 11). Entre otras, se impondrán dos consecuencias: un debilitamiento del sentido mistérico de los votos religiosos por una acentuación del valor instrumental en orden a la perfección de los individuos (la vida religiosa como búsqueda de seguridad personal para la salvación, y consiguientemente la comunidad religiosa como espacio que garantiza de los peligros del mundo); una caída del carácter central de la intencionalidad en la dinámica de la vida cristiana para subrayar el método y la repetición de los gestos de perfección.

2. LA PERSPECTIVA DEL VAT. II. Las indicaciones del Vat. II sobre los votos religiosos son múltiples. Sin embargo, su correcta lectura no puede detenerse en el análisis de cada uno de los textos; debe, por el contrario, esforzarse en captar el movimiento que han intentado imprimir a la reflexión y a la praxis eclesial. La perspectiva que así destaca está todavía cargada de significado y de inspiración para la actual propuesta de la vida religiosa. Esa lectura permite también resolver positivamente algunas incertidumbres del lenguaje y la complejidad de algunas afirmaciones conciliares que intentan unir datos no siempre fácilmente convergentes.

"El cristiano, mediante los votos u otros vínculos sagrados -por su propia -naturaleza semejantes a los votos-, con los cuales se obliga a la práctica de los tres susodichos consejos evangélicos, hace una total consagración de sí mismo a Dios, amado sobre todas las cosas, de manera que se ordena al servicio de Dios y a su gloria por un título nuevo y especial" (LG 44). A1 especificar ese don, el concilio se coloca en continuidad con la propuesta tradicional que relacionó con la castidad, la pobreza y la obediencia los elementos esenciales de los consejos evangélicos para la vida religiosa: "Los consejos evangélicos de castidad consagrada a Dios, de pobreza y de obediencia, como fundados en las palabras y ejemplos del Señor y recomendados por los apóstoles y padres, así como por los doctores y pastores de la Iglesia, son un don divino que la Iglesia recibió de su Señor y que con su gracia conserva siempre" (LG 43). Sin embargo, al mismo tiempo se insiste para que se los entienda y se los funde en clave bautismal: "Para traer de la gracia bautismal fruto copioso, pretende (el religioso), por la profesión de los consejos evangélicos, liberarse de los impedimentos que podrían apartarle del fervor de la caridad y de la perfección del culto divino y se consagra más íntimamente al servicio de Dios" (LG 44).

En cuanto especificación de la consagración bautismal, la propia de la profesión de los votos religiosos exige que se la entienda en el contexto de las otras especificaciones de la misma común dignidad y vocación bautismal. Aunque en algunas expresiones es todavía posible advertir algún influjo, parece que la visión conciliar exige la superación de la perspectiva del estado de perfección contrapuesto a estado de vida común. Por eso "es completamente claro que todos los fieles, de cualquier estado o condición, están llamados a la plenitud de la vida cristiana y a la perfección de la caridad, y esta caridad suscita un nivel de vida más humano incluso en la sociedad terrena" (LG 40). Llamado bautismalmente a la santidad, o sea a la perfección de la caridad, el creyente, con la profesión de la castidad, pobreza y obediencia, da a esta llamada un carácter específico, que es posible captar en su verdadero significado partiendo de las perspectivas del signo y del ministerio.

En virtud del especial enlace con la Iglesia y con su misterio, también la vida espiritual de los religiosos "es necesario que se consagre también al provecho de toda la Iglesia. De aquí nace el deber de trabajar según sus fuerzas y según la forma de la propia vocación, sea con la oración, sea también con el ministerio apostólico, para que el reino de Dios se asiente y consolide en las almas" (LG 44). Resulta imprescindible la superación de aquella perspectiva individualista que pretendía colocar los votos religiosos sólo o preferentemente en el ámbito de la ascensión personal hacia la perfección: son una forma y una especificación del misterio de la Iglesia, en cuanto ministerio de salvación para el mundo entero. Las perspectivas sacramentales en las cuales se mueve LG, desde las primeras afirmaciones, exigen una lectura "sacramental" también de los votos religiosos que lleve a una apertura efectivamente ministerial. Las nostalgias dualistas (vida espiritual y actividad) no tienen sentido: es necesario continuar con valor en la perspectiva de aquella unidad sacramental de vida evidenciada como esencial a toda la vida de la Iglesia por LG (cf particularmente n. 8).

Con especial insistencia hay que subrayar la ministerialidad de signos propia de los votos religiosos: "La profesión de los consejos evangélicos aparece como un símbolo que puede y debe atraer eficazmente a todos los miembros de la Iglesia a cumplir sin desfallecimiento los deberes de la vida cristiana". Particularmente en la perspectiva de sentirse efectivamente pueblo de Dios en camino hacia el mundo de la resurrección, de la radicalidad del seguimiento de Cristo, de la elevación y de las exigencias supremas del reino, de la virtud y del poder de Cristo y de su Espíritu (LG 44).

3. EN EL MISTERIO DE CRISTO. La perspectiva del Vat. II plantea una exigencia a la cual la reflexión teológica y espiritual ha de seguir dando una respuesta cada vez más significativa: la plena recuperación teologal de los votos religiosos. Evidentemente esto no significa acantonar los enfoques más explícitamente ascéticos, sobre todo en lo que se refiere a los contenidos de experiencia y de prudencia que han acumulado; significa, por el contrario, no darles una preferencia o una exclusividad, sino fundarlos y regularlos con los datos más específicamente teologales. En otras palabras, se trata de recorrer hasta el fin la lectura de los votos a la luz del misterio de Cristo.

A esta luz, pobreza; castidad y obediencia han de verse antes de nada como don: son experiencia fuerte (carisma) del Cristo salvador, en cuanto plenitud, amor y libertad del hombre. Este aspecto positivo hay que evidenciarlo como fundamental: los votos dicen gracia, aquella gracia que es la respuesta salvífica del Padre en Cristo por el Espíritu a la profundidad y a las expectativas más decisivas del hombre. De ahí se deriva que se .afirman, no como una profesión en el sentido de significar el comienzo de una vida profesional y moralmente vinculante de perfección, sino como profesión más fuerte de fe, que dice no sólo de palabra, sino con toda la vida, que Cristo es el verdadero y el único salvador.

Este aspecto positivo ha de traducirse en estilos de vida efectivamente significativos y comprensibles para los hombres de hoy. El Vat. II ha recordado que "la profesión de los consejos evangélicos, aunque implica la renuncia de los bienes que indudablemente han-de ser estimados en mucho, no es, sin embargo, un impedimento para el verdadero desarrollo de la persona humana, antes por su propia naturaleza lo favorece en gran medida" (LG 46). Una responsabilidad particular a este respecto incumbe a los proyectos formativos de cada uno de los institutos, pero también a la manera en que es estructurada y practicada la vida comunitaria.

Esto no debe significar olvido de los aspectos de renuncia propios de los votos religiosos. Pero, más que como exigencias de un camino espiritual, .sospechoso a veces de estar contra el cuerpo y contra las realidades humanas, hay que fundarlos en la necesidad de continuar la kénosis de Cristo: castidad, pobreza y obediencia son la forma kenótica que el amor, la plenitud y la libertad cristiana asumen para realizar y anunciar al Cristo que se hace presente y comunicación del Padre a todos, comenzando por los últimos y por los más pobres, en virtud del Espíritu. Adquieren así el impulso de la participación y de- la comunión con los hermanos, reconociendo en ello el criterio de proyección de las modalidades concretas en orden a una significatividad verdadera y clara.

Como la obediencia, la castidad y la pobreza de la Iglesia, también las decididas con los votos religiosos son fundamentalmente comunitarias: en la comunidad y para la comunidad es donde se convierten en signos más convincentes, y al mismo tiempo de ellos sacan vigor e impulso. Pero esto no debe significar un intento más o menos velado de masificar o de controlar: es dar a los votos religiosos aquel aliento comunitario que, dentro del respeto del carácter específico de cada uno de los institutos, permite esquivar la acechanza de la reducción ascético-individualista.

La fidelidad a los compromisos asumidos se convierte así para los religiosos en expresión de una vida de comunión con Cristo y con los hermanos, que el Espíritu renueva de día en día; será no tanto mirar a compromisos tomados precedentemente cuanto seguir dejándose guiar carismáticamente por el Espíritu, en la novedad y en la creatividad sugeridas por la atenta lectura y por el discernimiento valiente de los signos de los tiempos y de las necesidades concretas de los hermanos del mundo entero.

De aquí también la sincera respuesta de la comunión y de la confrontación con las otras realidades de la comunidad eclesial: una comunión y una confrontación que no deben hacer que se pierda el carácter específico propio de la consagración religiosa, según el carisma de cada instituto, sino llevar a descubrirla y a ejercerla como reciprocidad en el cuerpo único de Cristo.